11. El Comité, recordando sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/PRY/CO/6, párr. 13), recomienda al Estado parte que agilice la aprobación del proyecto de ley que prohíbe todas las formas de discriminación, que debería incluir una definición de discriminación, de conformidad con el artículo 1 de la Convención, abarcar la discriminación directa e indirecta y la discriminación en los ámbitos público y privado y reconocer las formas interrelacionadas de discriminación, incluida la discriminación contra las mujeres lesbianas, bisexuales y transexuales y las personas intersexuales, de conformidad con las recomendaciones que contaron con el apoyo del Estado parte en el segundo ciclo del examen periódico universal (véase A/HRC/32/9, párrs. 102.38 y 102.52 a 102.56). El Comité recomienda asimismo que el Estado parte proceda a un examen completo de su legislación para eliminar todas las disposiciones discriminatorias.
Población
- Adolescentes
- Adultos/as Mayores
- Afrodescendientes
- LGBTI
- Migrantes
- Mujeres
- Niños y Niñas
- Personas con Discapacidad
- Personas Privadas de Libertad
- Pueblos Indígenas
Tema - Derecho
- Aplicación y seguimiento nacionales
- Armonización de la Legislación
- Igualdad y Igualdad y No Discriminación
- Igualdad y No Discriminación
- No Discriminación
- No Violencia
ODS
-
5 - Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas
-
16 - Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas
Institución
- Ministerio de la Mujer
- Poder Judicial - Corte Suprema de Justicia
- Honorable Cámara de Senadores
- Honorable Cámara de Diputados
Cargando...