1. RADICACION.

Requisitos para la Radicación.

Además, Para la TEMPORARIA.

Para la PERMANENTE.

              Declaración jurada de acatar las Leyes (Art. 23, de la Ley 978/96), ante Escribano Público.

OBSERVACIÓN: Todos los documentos se presentan con originales vigentes y dos fotocopias autenticadas por Escribano Público en hojas enteras cada una.
Los documentos que estén en idioma extranjero (excepto el portugués), deberán ser traducidos al idioma español, incluyendo el pasaporte por Traductor Público matriculado por la CSJ.
Los documentos del país de origen o de residencia deberán estar visados por el Consulado Paraguayo en el extranjero y legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Asunción (14 de Mayo y Palma).
Los presentes requisitos podrán sufrir modificaciones dentro del marco legal.
Declaración Jurada del Cumplimiento de la Constitución Nacional y las Leyes Nacionales mencionada en el art. 23 de la Ley 978/96.

Requisitos para la RADICACIÓN DE MENORES DE EDAD.

OBSERVACIÓN: Todos los documentos con fotocopias autenticadas por Escribano Público en hojas enteras en dos copias de cada uno.
Los documentos que estén en idioma extranjero (excepto el portugués), deberán ser traducidos al idioma español, incluyendo el pasaporte.
Los Documentos del país de origen o de residencia deberán estar visados por el Consulado Paraguayo y legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Asunción (14 de Mayo y Palma).
Siendo menor de edad, hasta los 17 años, acompañar autorización del padre ausente para la Radicación del menor
Requisitos para la RADICACIÓN DE CÓNYUGES DE CONNACIONALES.

OBSERVACIÓN: Todos los documentos con dos (2) fotocopias autenticadas por Escribano Público en hojas enteras.
Los documentos que estén en idioma extranjero (excepto el portugués), deberán ser traducidos al idioma español, incluyendo el pasaporte.
Los Documentos del país de origen o de residencia deberán estar visados por el Consulado Paraguayo y legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Asunción (1.4 de Mayo y Palma).

Requisitos para la RADICACIÓN DE HIJOS DE CONNACIONALES.

 

OBSERVACIÓN: Todos los documentos con dos (2) fotocopias autenticadas por Escribano Público en hojas enteras.
Los documentos que estén en idioma extranjero (excepto el portugués), deberán ser traducidos al idioma español, incluyendo el pasaporte.
Los Documentos del país de origen o de residencia deberán estar visados por el Consulado Paraguayo y legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Asunci6n (14 de Mayo y Palma).
Siendo menor de edad, hasta los 17 años, acompañar autorización del padre ausente para la Radicación del menor.


REPOSICIÓN DE CARNÉ.

  1. Documento de Identidad, Pasaporte o Cédula de Identidad de su país de origen vigente, en caso de extravío presentar denuncia hecha en la Policía Nacional y contraseña de solicitud del documento, a fin de iniciar el trámite.
  2. Cédula de identidad Paraguaya.
  3. Carné de Radicación vencido.
  4. Certificado de Buena Conducta Paraguaya, expedido por el Departamento de identificaciones (Boggiani y RI 2 Ytororó) desde los 14 años.
  5. Certificado de Vida y Residencia o Censo de Extranjeros expedido por la Comisaría jurisdiccional o Juzgado de Paz vigente.
  6. Certificado de Antecedentes para extranjeros expedido por el Departamento de informática de la Policía Nacional (Boggiani y R I 2 Ytororó), para mayores de 14 años.
  7. Dos fotos tipo carné (2,5 x 2;5) a color.
  8. Si hay cambio de profesión, ocupación o estado civil, justificar con los documentos correspondientes.
  9.  En caso de extravío de carné de Radicación y/o C.I. Paraguaya presentar la constancia de la denuncia hecha en la Policía Nacional.

OBSERVACIÓN: Todos tos documentos se presentan en originales vigentes y dos fotocopias autenticadas por Escribano Público; en hojas enteras de cada uno.
PARA PRÓRROGA DE TURISTA.

Departamento de Investigaciones. Oficina de Registro de Extranjeros. (Azara entre EE. UU. y Tacuary). . Carné de Registro de Extranjeros, Ministerio de Relaciones Exteriores. (14 de Mayo y Palma).

  1. Verificación de Visa
  2. Fotocopia de los Datos del Pasaporte o Cédula
  3. Fotocopia del Carné de Registro de Extranjeros
  4. Fotocopia de la visa y de ta verificación de visa
  5. Fotocopia del sello de entrada al país o tarjeta.*

OBSERVACIÓN: Todas las copias deben estar autenticadas por escribano público.

RESIDENCIA PRECARIA.

  1. Documento de Origen.
  2. Tarjeta anterior.
  3. Certificado de Antecedentes de informática.
  4. Certificado de Vida y Residencia.
  5. Prorrogable por un periodo igual de 6 meses.

OBSERVACIÓN: Todas las copias deben estar autenticadas por Escribano Público. Elaborado por la Dirección de Pasaportes y Servicios Consulares.