De acuerdo con la normativa vigente entre el Ecuador y los países del MERCOSUR, el tiempo legal de permanencia de ciudadanos ecuatorianos sin visa y en calidad de turista en territorio paraguayo es de 90 días, prorrogables mediante pedido expreso a las autoridades migratorias paraguayas por 90 días adicionales (por un total de 180 días, equivalente a 6 meses) durante los cuales podrán tramitar sus solicitudes de residencia temporaria ante la Dirección Nacional de Migraciones.
Por tal razón, esta Embajada no recibe ni tramita solicitudes de visas de ciudadanos ecuatorianos.
Observación: Favor notar que en caso de haberse excedido del tiempo de permanencia sin haber tramitado la prórroga de 90 días adicionales o la residencia temporaria, las autoridades migratorias exigirán el pago de una multa.
Requisitos para la visa de residencia temporaria (países MERCOSUR):
https://migraciones.gov.py/residencia-temporaria-mercosur/
Requisitos para la visa de residencia permanente (países MERCOSUR):
En el caso de documentos originales exigidos para la tramitación de la residencia emitidos por autoridades ecuatorianas, los mismos deberán ser apostillados en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana del Ecuador, para poder completar los trámites de residencia en Paraguay. Las copias requeridas de dichos documentos deberán estar autenticadas por notarías del Ecuador.