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Pasaportes

Requisitos para la expedición del Pasaporte Consular
a - Ser paraguayo natural o naturalizado.
b - Poseer Cédula de Identidad policial o copia de la misma
c - Presentación del pasaporte policial o consular vencido y/o estropeado. En caso de pérdida o robo del mismo, constancia de la denuncia formulada ante la Policía local o Declaración Jurada preparada en el Consulado.
d - Completar el formulario de solicitud.
e - Pago del arancel consular en money order de USD 55.00
f - traer 1 foto tamaño pasaporte

Procedimiento

  1. Presentarse en el local del Consulado General del Paraguay y llenar los correspondientes formularios (también puede descargarlos y llenarlos previamente).
  2. Una vez recibida la libreta de pasaporte en el Consulado, se dará aviso al interesado y este deberá presentarse en las Oficinas del Consulado General del Paraguay para firmar y retirar el Pasaporte. LA EXIGENCIA DE PRESENTARSE PERSONALMENTE ES OBLIGATORIA, salvo algunas excepciones que se estudiarán caso por caso.


Preguntas frecuentes

¿Qué sucede cuando el que solicita el pasaporte tiene hijos menores?

En el caso de menores de edad, el formulario debe ir firmado por ambos padres y presentar los documentos de cada uno, cuya firma debe coincidir con la del formulario. También se debe presentar el certificado de nacimiento del menor.
¿Y si existe separación o divorcio y el otro progenitor no es ubicable o se rehúsa a firmar el consentimiento?

El Juez de la Jurisdicción de la Niñez y el Adolescente, a pedido del interesado o su tutor, autorizará con una Resolución la emisión o renovación del pasaporte. Este procedimiento no puede ser remplazado por ningún documento judicial o notarial (documento firmado ante escribano, sentencia del juez por tenencia de los hijos, etc.).
¿Qué hay que hacer en caso de pérdida o robo del pasaporte?

En caso de pérdida o robo del pasaporte la persona deberá presentar una denuncia hecha en la Policía local. En el Consulado se podrá completar una Declaración Jurada sobre la pérdida o el robo del pasaporte (costo de 55 dólares).

Inclusión de apellido de casada
El Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional es la institución responsable de la identidad -por ende el nombre- de las personas saldrá como figura en su prontuario, por lo que las Embajadas y Oficinas Consulares no están facultadas a hacer cambios.
La solicitante es responsable de realizar las gestiones correspondientes ante el Departamento de Identificaciones en caso que desee incluir en su nombre el apellido de casada, de tal manera a que así figure en su prontuario.

Nota: El nombre que se asienta en el pasaporte consular -siempre y en todos los casos- debe ser el mismo que figura en la Cédula de Identidad (y que coincide con los antecedentes verificados en el sistema del Departamento de Informática de la Policía Nacional). El prontuario que obra en dicha institución constituye el registro oficial nacional de la identidad de las personas.


→ SOLICITUD DE PASAPORTE