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Pasaportes

PASAPORTES

Requisitos para la expedición de pasaporte consular

  1. Ser paraguayo natural.
  2. Comparecer personalmente en la sede de la Embajada.
  3. Poseer cédula de identidad civil paraguaya.
  4. 1 (una) Foto Carnet.
  5. Presentar pasaporte anterior.
  6. Llenar y firmar el formulario de solicitud.
  7. No poseer orden de captura en Paraguay.
  8. Pago del arancel consular de USD 55.00 (Párrafos 66 y 79 de la Ley 4033/2010), en efectivo o money order a nombre de la Embajada. No se aceptan cheques personales.

Expedición de pasaportes consulares a menores de edad


La solicitud de expedición de pasaporte consular a menores debe ser presentada por ambos padres. En ausencia de uno de ellos, el padre o madre del menor debe acreditar fehacientemente que cuenta con la debida autorización o facultad legal para realizar dicha gestión. Se debe presentar además:


1. Certificado de nacimiento del menor.
2. Copia de los documentos de identidad de los padres.


Imposibilidad de modificar nombres en los pasaportes consulares


El Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional es la institución del registro del nombre de las personas y de su estado civil. Las Embajadas y Oficinas Consulares no están facultadas para modificar el nombre de las personas en los pasaportes consulares. Quien desee modificar su nombre por motivo de cambio de estado civil debe realizar las gestiones pertinentes ante el Departamento de Identificaciones en Paraguay.


Observación: A partir del 1 de abril de 2010, se encuentra vigente lo establecido por el Documento 9303 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) sobre documentos de viaje de lectura mecánica. A partir de la fecha mencionada, los pasaportes consulares son impresos en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores en Asunción y engregados a través de las Embajadas y Consulados. Los pasaportes consulares son válidos por un plazo de 5 años y no son renovables.


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