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Orientación sobre repatriación al Paraguay

En las oficinas del Consulado General (Viamonte 1851 entre Callao y Riobamba, Capital Federal), se brinda orientación sobre los trámites necesarios para acogerse a la figura de la repatriación, conforme a las disposiciones de la normativa vigente en la materia (Ley 227/93; Ley 3958/2009 y Decreto 7355/2011).

Cabe apuntar que el proceso de repatriación, como el otorgamiento de los beneficios que dicha figura implica, está a cargo de la Secretaría de Desarrollo para Repatriados y Refugiados Connacionales del Paraguay (SEDERREC)

En tal sentido, el Consulado General podrá canalizar la solicitud respectiva, por medio de la Dirección de Atención a las Comunidades Paraguayas en el Extranjero del Ministerio de Relaciones Exteriores, la que realizará la comunicación pertinente a la SEDERREC.

De manera informativa, se indica a continuación los requisitos y documentos necesarios para la repatriación, conforme a las disposiciones de la SEDERREC:

  • - No haber adquirido otra nacionalidad.
  • - Poseer Cédula de Identidad Civil o Pasaporte.
  • - Demostrar que ha residido en el extranjero por más de dos años.
  • - Dos fotografías tipo carné, color, 4x4, fondo blanco.

Asimismo, de realizarse un mudanza bajo la figura de la repatriación, deberán tenerse presente los siguientes requisitos:

- Listado de bienes a ser repatriados, el conocimiento de embarque (original + copia) de la empresa de transporte.

Para recibir orientación sobre esta temática, favor reservar un turno en https://www.mre.gov.py/turnos/inicio/buenosaires.