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Consejo Ejecutivo de la OACI

El Consejo es un órgano permanente de la Organización responsable ante la Asamblea. Se compone de 36 Estados miembros elegidos por la Asamblea por el término de tres años. En la elección, se encuentran representados en la medida justa tanto los Estados de mayor importancia en el transporte aéreo; los Estados, no incluidos de otra manera, que contribuyen en mayor medida al suministro de instalaciones y servicios para la navegación aérea civil internacional y a los Estados, no incluidos de otra manera, cuya designación garantice la representación en el Consejo de todas las principales regiones geográficas del mundo.


El Consejo convoca la Asamblea.

El Consejo tiene numerosas funciones, entre las que se destacan la presentación de informes anuales a la Asamblea, la ejecución de las instrucciones de la Asamblea y el cumplimiento de los deberes y obligaciones que le asigna el Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944). También administra las finanzas de la OACI; nombra y define tanto las funciones del Comité de Transporte Aéreo, como las del Comité de Ayuda colectiva para los servicios de navegación aérea, las del Comité de Finanzas, las del Comité sobre Interferencia ilícita, las del Comité de Cooperación técnica y las del Comité de Recursos Humanos. Nombra a los miembros de la Comisión de Aeronavegación y elige a los miembros del Comité del Premio Edward Warner.

Otra función clave del Consejo es el nombramiento del Secretario General.

El Consejo, uno de los dos órganos rectores de la OACI, brinda orientación continua a la labor de la Organización. En este sentido, una de sus principales funciones es adoptar las Normas y métodos recomendados (SARPs) internacionales e incorporarlos a los Anexos del Convenio de Chicago. El Consejo también puede enmendar los Anexos según sea necesario.

En algunas ocasiones, el Consejo puede oficiar de árbitro entre los Estados Miembros en cuestiones relacionadas con la aviación y la aplicación de las disposiciones del Convenio; puede investigar cualquier situación que presente obstáculos evitables al desarrollo de la navegación aérea internacional y, en general, puede tomar las medidas necesarias para mantener la seguridad operacional y regularidad del transporte aéreo internacional.

Estados del Consejo 2019‐2022

La Asamblea de la OACI de 2019 eligió a los siguientes Estados entre sus 193 Estados miembros para conformar el Consejo rector de la Organización, integrado por 36 miembros.

PARTE I -

Estados de mayor importancia en el transporte aéreo

Alemania, Australia, Brasil, Canadá, China, Estados Unidos, Federación de Rusia, Francia, Italia, Japón y Reino Unido.

PARTE II −

Estados que más contribuyen a proveer instalaciones y servicios para la navegación aérea civil internacional

Arabia Saudita, Argentina, Colombia, Egipto, España, Finlandia*, India, México, Nigeria, Países Bajos*, Singapur y Sudáfrica.

PARTE III −

Estados que aseguran la representación geográfica


Costa Rica*, Côte d’Ivoire*, Emiratos Árabes Unidos, Grecia*, Guinea Ecuatorial*, Malasia, Paraguay*, Perú*, República de Corea, República Dominicana*, Sudán*, Túnez* y Zambia*.


* Estados que se integraron el Consejo en 2019

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