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Cancillería Nacional nombra a sus representantes en el Equipo Negociador del Anexo C y crea Grupo de Apoyo
Publicado: 01/27/20 09:00:p. m.

El ministro de Relaciones Exteriores, embajador Antonio Rivas Palacios, emitió hoy la Resolución No. 53, por la cual se designan representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores para integrar el Equipo Negociador para la Revisión del Anexo C del Tratado de Itaipú, y sus grupos de trabajo.

La disposición también crea el Grupo de Apoyo a la participación del Ministerio de Relaciones Exteriores en el Equipo Negociador.

La resolución señala que la Coordinación General del Equipo Negociador será ejercida por el canciller nacional, embajador Antonio Rivas Palacios, y el representante del MRE en el Equipo Negociador es el viceministro de Relaciones Exteriores, embajador José Antonio Dos Santos.

La Resolución No. 53 señala cuanto sigue:

VISTO: El Decreto N° 3173 del 30 de diciembre de 2019, por medio del cual se conformó el Equipo Negociador para la Revisión del Anexo "C" del Tratado de Itaipú, sobre las Bases Financieras y de Prestación de los Servicios de Electricidad de Itaipú Binacional (en adelante, Equipo Negociador); y

CONSIDERANDO: Que, el Artículo 2° del referido Decreto conforma el Equipo Negociador con el Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Artículo 3° le asigna la Coordinación General del mismo.

Que, además, el Ministerio de Relaciones Exteriores forma parte de todos los Grupos de Trabajo creados por el Artículo 3° del referido Decreto, y tiene la coordinación del Grupo de Trabajo Jurídico.

Que, el mismo Artículo establece que el "Ministerio de Relaciones Exteriores especificará y aprobará las atribuciones de los Grupos de Trabajo y la coordinación de su funcionamiento".

Que, según el Artículo 5° del citado Decreto, el Ministerio de Relaciones Exteriores, como Coordinador General, debe promover una amplia participación nacional en el estudio de los asuntos vinculados con el tema.

Que, es pertinente la creación de un Grupo de Apoyo institucional para acompañar la participación del Ministerio de Relaciones Exteriores en el Equipo Negociador.

Que, es necesaria la designación de representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores para la participación en el Equipo Negociador y en los Grupos de Trabajo, de conformidad con el Decreto de referencia.

POR LO TANTO, el Ministro de Relaciones Exteriores en el uso de sus atribuciones legales resuelve:

Art. 1°: La Coordinación General del Equipo Negociador asignada al Ministerio de Relaciones Exteriores será ejercida por el Canciller Nacional, Embajador Antonio Rivas Palacios.

Art. 2°: Designar al Viceministro de Relaciones Exteriores, Embajador José Antonio Dos Santos, como representante del Ministerio de Relaciones Exteriores para integrar el Equipo Negociador.

Art. 3°: Designar a los siguientes funcionarios como representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, para los Grupos de Trabajo del Equipo Negociador:

Grupo de Trabajo Técnico: Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores ante el Consejo de Administración de Itaipú Binacional, Embajador Federico González Franco;

Grupo de Trabajo Comercial: Embajador Raúl Cano;

Grupo de Trabajo Económico: Viceministro de Relaciones Económicas e Integración, Ministro Didier Olmedo;

Grupo de Trabajo Jurídico: Asesor Jurídico de Derecho Internacional Público, Ministro Julio Duarte Van Humbeck.

Art. 4°: Los funcionarios y oficinas arriba indicados contarán con el apoyo de las distintas dependencias ministeriales competentes en las materias especificas tratadas en cada Grupo de Trabajo, como también para cualquier otra cuestión relativa a la participación del Ministerio de Relaciones Exteriores en el Equipo Negociador.

Art. 5°: Asignar a la Asesoría Jurídica de Derecho Internacional Público y a la Unidad General de Recursos Energéticos la función de enlace entre la Coordinación General y las entidades y personas nombradas en el Artículo 5° del Decreto 3173/2019.

Art. 6°: Crear el Grupo de Apoyo a la participación del Ministerio de Relaciones Exteriores como Coordinador General del Equipo Negociador.

Art. 7°: El Grupo de Apoyo estará conformado por:

- Directora General de Política Multilateral, Embajadora Estefanía Laterza;

- Directora General de Gabinete, Embajadora Patricia Frutos;

- Directora General de Política Bilateral, Ministra Helena Felip;

- Secretario General, Ministro Darío Franco Echeverría;

- Director de América, Ministro Osvaldo Ostertag;

- Director de Tratados, Ministro Carlos Ruckelshausscn;

- Director de Asuntos Legales, Abogado José Pereira.

Art. 8°: El Grupo de Apoyo participará de las reuniones de la Comisión Asesora para la Revisión del Anexo "C" del Tratado de Itaipú, y además podrá convocar a cualquier persona o entidad especializada en materias específicas relacionadas, a fin de obtener el asesoramiento necesario para el cumplimiento de sus fines.

Art. 9°: El Grupo de Apoyo tendrá como Secretaría a la Asesoría Jurídica de Derecho Internacional Público y a la Unidad General de Recursos Energéticos.

Art. 10: El Grupo de Apoyo tendrá como tareas la compilación de informaciones, la realización de estudios e investigaciones, y el asesoramiento sobre cuestiones que recaigan dentro, del ámbito de las competencias de cada, dependencia integrante.

Art. 11: Para cumplir con sus funciones, el Grupo de Apoyo contará igualmente con la colaboración de todas las demás dependencias del Ministerio, las cuales deberán suministrar las informaciones solicitadas.

Art. 12: El Grupo de Apoyo sesionará periódicamente, debiendo presentar informes regulares de sus actividades al Ministro de Relaciones Exteriores.

Art. 13: El mandato del Grupo de Apoyo durará hasta que culmine el proceso de Revisión del Anexo "C" del Tratado de ltaipú.

Art. 14: Comunicar a quienes corresponda y archivar.


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Asunción, 27 de enero de 2020

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