La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) notificó hoy al Paraguay que dictó sentencia en el caso “Vicente Ariel Noguera vs Paraguay”.
En la sentencia, la Corte regional de Derechos Humanos, determinó que el Estado paraguayo es responsable de la violación de ciertos derechos contenidos en la Convención Americana de Derechos Humanos, y dispuso que el Estado deberá implementar medidas de reparación y no repetición.
Dichas disposiciones están relacionadas con la formación académica militar de instituciones castrenses, que deben desarrollar programas de formación en Derechos Humanos, específicamente en lo relativo a personas que prestan el servicio militar.
Además, se debe informar sobre los avances en el trámite legislativo relativo a la reforma de la jurisdicción penal militar, y se deberá resarcir a la víctima en concepto de indemnizaciones, costas y gastos.
La Corte, en su sentencia, reconoce también los avances del Paraguay en el marco de los compromisos asumidos en el Acuerdo de Solución Amistosa (ASA), firmado por el Estado paraguayo el 5 de agosto de 2011, con los representes del menor Vicente Ariel Noguera, fallecido en el año 1996 bajo tutela estatal mientras realizaba el servicio militar obligatorio.
El ASA no pudo ser homologado por la Comisión Interamericano de Derechos Humanos y el caso fue llevado a conocimiento y jurisdicción de la Corte IDH.
Asunción, 1 de abril de 2020
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