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Embajada en Argentina recuerda que gestión para retorno se hace solo en consulados
Publicado: 08/14/20 09:30:a. m.

Embajada en Argentina recuerda que gestión para retorno se hace solo en consulados

La Embajada de la República del Paraguay en la República Argentina hoy emitió un comunicado en relación al retorno de ciudadanos paraguayos a nuestro país, en el que informa cuanto sigue:

1. De acuerdo a comunicados anteriores, esta Representación Diplomática reitera que las únicas instituciones habilitadas para gestionar el retorno de compatriotas al país son las Oficinas Consulares del Paraguay que se encuentran acreditadas como tales ante el gobierno de la República Argentina.

2. Reitera, asimismo, que toda gestión tendiente a la repatriación realizada por las Oficinas Consulares del Paraguay en la Argentina, es de carácter gratuito y, por lo tanto, ningún funcionario puede solicitar arancel alguno en dicho concepto. Se deja expresa constancia que las Oficinas Consulares no operan con terceras personas, gestores o intermediarios, por lo que ninguna persona o empresa privada ajena a las Oficinas Consulares está autorizada a realizar gestiones en nombre de las mismas.

3. Es así que, una vez más, se alerta a los connacionales que existen grupos de personas inescrupulosas y oportunistas que buscan obtener beneficios económicos, aprovechándose de la situación generada como consecuencia de la pandemia COVID-19, mediante falsas promesas de repatriación o gestiones realizadas al traslado al Paraguay.

4. Los compatriotas que deseen retornar deben inscribirse en el Consulado correspondiente de su jurisdicción y aguardar las autorizaciones de traslado y documentaciones pertinentes, emitidas por las instituciones paraguayas y argentinas involucradas en el proceso de retorno. Por tal motivo, se vuelve a recomendar a todos los compatriotas a no emprender viaje al Paraguay, sin contar con las citadas autorizaciones.

5. Los permisos de circulación solicitados a través de los portales electrónicos habilitados por el gobierno argentino y de acuerdo a las excepciones del Decreto No. 297/2020, por el cual se establece el aislamiento social obligatorio en la Argentina, no constituyen documentos habilitantes para el traslado e ingreso al Paraguay.

6. Finalmente, se informa que la repatriación está sujeta a estrictos criterios humanitarios y a la disponibilidad de los albergues habilitados por el gobierno paraguayo para realizar la cuarentena preventiva y obligatoria una vez ingresado a territorio nacional, con el objetivo de precautelar la seguridad sanitaria del país.

Buenos Aires, 14 de agosto de 2020



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