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Se garantiza funcionamiento de cadena alimenticia y servicios imprescindibles durante aislamiento total
Publicado: 03/21/20 09:58:a. m.

En conferencia de prensa, las autoridades del Ejecutivo detallaron los aspectos del decreto que amplía las medidas sanitarias ante el riesgo de expansión del coronavirus (covid-19) en el territorio nacional. Indicaron que se aplicarán fuertes sanciones a quienes incumplan el aislamiento total establecido desde esta medianoche y aclararon que se garantizará durante este tiempo el funcionamiento de la cadena alimenticia y los servicios imprescindibles para la población.

De acuerdo a lo indicado por el ministro del Interior Euclides Acevedo la Policía Nacional aplicará fuertes sanciones a quienes incumplan el aislamiento total y sanciones severas por dar informaciones falsas vía redes sociales.

El Decreto respectivo dispone el aislamiento preventivo general por razones sanitarias, en todo el territorio nacional, a partir de este sábado 21 de marzo de 2020 (00:00 horas), hasta el día sábado 28 de marzo de 2020. Asimismo el aislamiento preventivo general a partir del 29 de marzo de 2020 al 12 de abril de 2020 desde las 20:00 horas hasta las 04:00 horas.

“Durante la vigencia de la medida todos los habitantes deberán permanecer en su residencia habitual o en la residencia donde se encuentran, y solo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de alimentos, medicamentos y artículos de limpieza”, señala el Decreto.

SECTORES EXCEPTUADOS

Por otro lado, la ministra de Industria y Comercio, Liz Cramer, mencionó que los sectores exceptuados de la medida podrán continuar con el horario laboral durante el aislamiento total y la extensión de cuarentena.

Entre los sectores que deberán prestar serivicios se encuentran autoridades nacionales, departamentales, municipales y representantes de organismos internacionales; funcionarios y trabajadores del sector público y privado para prestación de servicios imprescindibles, servicios de salud públicos y privados; servicio de mantenimiento preventivo y de urgencia, de equipos médicos y hospitalarios.

Así también el personal de salud, Fuerzas Militares y Policiales; actividad migratoria, servicio meteorológico, bomberos y control de tráfico aéreo; personas que asisten a ciudadanos con discapacidad, adultos mayores y niños, trabajadores de medios de comunicación y funcionarios afectados a la ejecución de obras públicas.

Igualmente operarán los supermercados, establecimientos de comercialización, despensas, farmacias, ferreterías, veterinarias, provisión de garrafas de gas, actividades industriales y comerciales de productos imprescindibles para la población y para la prestación de los servicios públicos, actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria, avícola y de pesca; actividades de telecomunicaciones, internet, servicios digitales y call center.

Además las actividades vinculadas al comercio exterior, recolección de residuos sólidos y residuos generados en establecimientos de salud y afines; mantenimiento de los servicios básicos: agua, electricidad, comunicaciones y de emergencias, transporte público de pasajeros, mercaderías, petróleos y combustibles, delivery, medicamentos, producto de higiene e insumos de necesidad básica, servicios esenciales de vigilancia, limpieza y de guardia, estaciones de servicio, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales, Puertos, líneas de transporte fluvial y transporte terrestre de cargas.


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