El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Decreto N° 3173, de fecha 30 de diciembre de 2019, conformó el Equipo Negociador para la Revisión del Anexo “C” del Tratado de Itaipú, que representará al Gobierno Nacional en dicho proceso de revisión y en otros asuntos relacionados que le sean encomendados.
El Equipo Negociador quedó integrado con los siguientes miembros, quienes serán designados por resolución de la máxima autoridad de cada institución:
- Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores;
- Un representante del Gabinete Civil de la Presidencia de la República;
-Un representante del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, y
- Un representante de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE).
Asimismo, se asigna al Ministerio de Relaciones Exteriores la coordinación general del Equipo Negociador. Para un mejor desenvolvimiento de sus tareas, contará con el apoyo de los siguientes Grupos de Trabajo, cuyos miembros serán designados por resolución de la máxima autoridad de cada institución:
a) Grupo de Trabajo Técnico: que será coordinado por la Administración Nacional de Electricidad e integrado por representantes de:
- Ministerio de Relaciones Exteriores;
- Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, a través del Viceministerio de Minas y Energía;
- Administración Nacional de Electricidad;
- Itaipú Binacional, margen derecha;
- Comisión Mixta del Río Paraná (COMIP).
b) Grupo de Trabajo Comercial: que estará coordinado por la Administración Nacional de Electricidad e integrado por representantes de:
- Ministerio de Relaciones Exteriores;
- Ministerio de Hacienda;
- Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, a través del
Viceministerio de Minas y Energía;
- Administración Nacional de Electricidad;
- Itaipú Binacional, margen derecha.
c) Grupo de Trabajo Económico: que estará coordinado por el Ministerio de Hacienda e integrado por representantes de:
- Ministerio de Relaciones Exteriores;
- Ministerio de Hacienda;
- Ministerio de Industria y Comercio;
- Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, a través del
Viceministerio de Minas y Energía;
- Banco Central del Paraguay;
- Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y
Social;
- Administración Nacional de Electricidad;
- Itaipú Binacional, margen derecha.
d) Grupo de Trabajo Jurídico: que estará coordinado por el Ministerio de Relaciones Exteriores e integrado por representantes de:
- Ministerio de Relaciones Exteriores;
- Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, a través del Viceministerio de Minas y Energía;
- Administración Nacional de Electricidad;
- Itaipú Binacional, margen derecha;
- Procuraduría General de la República.
1) Los Grupos de Trabajo tendrán por objeto desarrollar, analizar y estudiar asuntos específicos relacionados con las negociaciones, a fin de emitir opiniones y sugerencias, y recomendar las bases sobre las cuales se definirán los objetivos y las estrategias que podrán ser utilizadas por el Equipo Negociador.
2) El Ministerio de Relaciones Exteriores especificará y aprobará las atribuciones de los Grupos de Trabajo y la coordinación de su funcionamiento.
El Equipo Negociador contará con el asesoramiento técnico honorífico del Doctor Jeffrey D. Sachs, liderando un grupo de expertos en temas económicos y energéticos.
La Coordinación General promoverá una amplia participación nacional en el estudio de los asuntos vinculados con el tema y, para el efecto, podrá propiciar consultas con:
a) La Comisión Nacional para el Estudio y Acompañamiento de las Negociaciones de la Revisión del Anexo «C» de Itaipú Binacional, entre los Gobiernos de la República del Paraguay y la República Federativa del Brasil, creada por Ley N° 6401/2019;
b) La Mesa Energética Nacional, creada por Decreto N° 9677/2012;
c) La Comisión Asesora Ad Honorem para la Revisión del Anexo “C” del Tratado de Itaipú, establecida por el Ministerio de Relaciones Exteriores;
d) Especialistas de otros órganos y entidades públicos y privados; y,
e) Representantes de la sociedad civil.
El resultado de estas consultas será considerado para la Revisión del Anexo «C» del Tratado de Itaipú.
Asunción, 2 de enero de 2020
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