El Ministerio de Relaciones Exteriores, con ocasión de hacer referencia a la Ley N° 6.790 “Que establece medidas temporales para incentivar la reactivación turística y la apertura de Paraguay al Mundo”, y ante declaraciones desacertadas en redes sociales, aclara a la opinión pública lo siguiente:
El Ministerio realiza los procedimientos de expedición de visas de entrada al país en la oficina de arribo de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
Los nacionales de Estados Unidos de América, Canadá, Australia y Nueva Zelanda, que ingresen al país con fines turísticos y declaren su calidad de turistas en el control migratorio, para una permanencia en el territorio nacional de hasta noventa (90) días, están exentos del requisito de visa de conformidad con la mencionada ley.
Los nacionales de los países arriba citados que ingresen al país para otros fines que no sean turísticos, o que deseen permanecer en el territorio nacional por un plazo mayor a noventa (90) días, deben solicitar la visa correspondiente.
El Ministerio de Relaciones Exteriores aprovecha la ocasión de expresar la más alta consideración a la ciudadanía en general.
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